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Consideraciones antes de iniciar un negocio en Panamá

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Todos los días atendemos empresas o emprendedores buscando comenzar sus operaciones en Panamá. El mercado panameño seduce a los inversores internacionales, principalmente por la estabilidad de su moneda (recordemos que Panamá utiliza desde su independencia el dólar americano como moneda de curso legal en Panamá) aunque este no es la única de las bondades de este país. Además de las bondades hay que reconocer que existen preguntas o puntos esenciales a tomar en consideración al momento de iniciar un negocio en Panamá.

Cuando hablamos con un inversor, emprendedor o compañía que desea operar en Panamá reconocemos que hay varias decisiones de naturaleza jurídica que el cliente requiere tomar para formalizar un negocio. Pasaremos a mencionar varias consideraciones importantes que tienen que ser tomadas en consideración:

¿Quién será el propietario del negocio?

La mayoría de los clientes que nos contactan tienen esta decisión ya tomada, es decir, saben que su negocio se constituirá por medio de una sociedad. No obstante, debemos comentar que esta es una decisión relevante que considerar: si la empresa será a título personal o prefiere crear una corporación o sociedad para su operación. Al momento de tomar la decisión se deben analizar dos factores:

  • Factor económico. Hay una diferente considerable entre llevar a cabo actividades empresariales a título personal, es decir, como persona física, que hacerlo como persona jurídica, es decir, mediante una sociedad o empresa. El ejercer como empresa, conlleva de por si una serie de gastos de mantenimiento como son: pago de honorarios al abogado que actúa como agente residente, el pago del impuesto corporativo o tasa única a pagar por mantener activa la sociedad. Aunque en lo que respecta a las obligaciones fiscales, en ambos casos son las mismas, es decir, los requisitos de la Dirección General de Ingresos (DGI) deben cumplirse en ambos escenarios mediante la presentación de informes, la declaración de impuestos y la existencia de un equipo fiscal, entre otros.
  • Factor de riesgo. No es el mismo riesgo ejercer la actividad mercantil por medio de una empresa que como persona física. Cuando se realizan operaciones o actividades comerciales por medio de una sociedad se están separando automáticamente los bienes, derechos y obligaciones personales de los de la empresa. Esto conlleva a que el patrimonio de la persona física no se verá comprometido por obligaciones que haya adquirido la sociedad o empresa.

A manera de conclusión, somos de la opinión que, aunque resulte más oneroso operar un negocio por medio de una sociedad o empresa, el hecho de hacerlo nos brinda más ventajas que desventajas. Principalmente por que no ponemos en juego nuestro patrimonio personal.

Tipo de actividades a realizar

Cuando quieres desarrollar tu actividad en el mercado panameño debes tomar en consideración la actividad que realizará tu empresa. Toma en consideración que Panamá posee un número plural de actividades o profesiones que presentan restricciones por razones de nacionalidad e idoneidad.

Por ejemplo, un caso muy típico es el ejercicio del comercio al por menor, el cual es una actividad que por Constitución esta reservada únicamente a los nacionales panameños. Si eres extranjero no puede ejercer dicha actividad.

Domicilio o local comercial

Considera tu domicilio o local comercial, Esto es una decisión importante, toda vez que cuando ya tienes la actividad comercial definida y empiezas a buscar local u oficina para desarrollar tu negocio debes tomar en consideración aspectos fundamentales. Por ejemplo, si tu negocio va a distribuir o vender bebidas espirituosas existen una serie de limitaciones municipales relacionadas con el lugar donde se desarrolle ese tipo de actividad. Hay que tomar en cuenta la zonificación del lugar donde se pretende realizar la actividad comercial de nuestra empresa y sobre todo conocer la viabilidad de esta localización.

Aviso de Operaciones con las Autoridades panameñas

En varias ocasiones hemos hecho énfasis en la importancia de este documento ya que es que el cual permite a una persona natural o jurídica ejercer actividades comerciales en Panamá. Puedes ingresar y solicitarlo en https://www.panamaemprende.gob.pa/login

Al completar la solicitud un dato importante a tomar en consideración es el nombre comercial, que es aquel que se pretende utilizar para identificar el establecimiento comercial. Es importante que se seleccione un nombre que no se preste a confusión con otros, ya que, si el nombre ya ha sido previamente registrado por otro negocio y este tiene la marca registrada podemos enfrentarnos a una disputa sobre denominaciones comerciales.

Cuando la plataforma genera el comprobante de pago de los derechos correspondientes, debe abonarse esa cantidad en el Banco Nacional. Precisamente en estos momentos el pago por tarjeta de crédito ha sido deshabilitado, pero es una medida temporal. Una vez se realice el pago, la plataforma nos permitirá imprimir el Aviso de Operaciones que protegerá nuestras actividades comerciales.

Obligaciones tributarias

Aquí te proporcionamos un breve listado de obligaciones fiscales que debe cumplir la persona jurídica:

  • Actualización del Registro Único de Contribuyentes (RUC), y la obtención de un Número de Identificación Fiscal (NIT);
  • Pago anual del Impuesto de Aviso de Operación;
  • Inscripción en el Municipio correspondiente y pago de los impuestos mensuales.
  • En caso de tener trabajadores contratadas, la empresa debe inscribirse en la Caja de Seguro Social (Seguridad Social en Panamá) con el objeto de poder retener las cuotas de los trabajadores y abonarlas mensualmente;
  • Presentación de informes mensuales del ITMS (Impuesto de transferencia de bienes muebles) a la Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas en Panamá.
  • Presentar Declaraciones anuales de la renta ante la Dirección General de Ingresos y el Municipio correspondiente.

Un dato importante es que las micros, pequeñas y medianas empresas o las personas naturales que se registren en la Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa en Panamá (AMPYME) estarán exentas del pago del impuesto sobre la renta los dos (2) primeros años de operación del negocio. En ese sentido, el registro en la AMPYME tiene varias ventajas de apoyo al sector emprendedor.

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