En cuanto a los dependientes en tu proceso migratorio en Panamá, surgen muchas preguntas, principalmente: ¿Quiénes son considerados dependientes? ¿Cuántos califican como dependientes?, etc. Cada categoría de Permiso migratorio en Panamá establece quienes se consideran como dependientes y qué requerimientos deben cumplir para poder aplicar como tales. Por lo general la normativa menciona los siguientes requerimientos:
En tu trámite migratorio, usted podrá solicitar como dependientes sus padres, esposo/a e hijos (menores de 25 años). Los hijos mayores de 18 años y menos de 25 años, podrán ser solicitados como dependientes, siempre y cuando estudien de forma regular y se encuentren bajo la dependencia económica del residente permanente o nacional. El residente o nacional que demuestre tener la guarda y crianza de una persona menor de edad podrá solicitarlo como dependiente.
¿Cuántos dependientes puedo incluir en mi proceso migratorio?
Con respecto a la cantidad de dependientes en tu proceso migratorio, pueden ser cuantos quieran aplicar, solamente que tiene que ir cónsono con la solvencia económica del solicitante.
Una vez que se aprueba la solicitud, el Servicio Nacional de Migración en Panamá proporciona una identificación de residencia temporal válida por 6 meses, seguida de una identificación de residencia provisional válida por 2 años, con la opción de solicitar la residencia permanente posteriormente.
En caso de que el hijo/a sea adoptado, se debe presentar la siguiente información adicional:
El extranjero presentará a las autoridades de Panamá la documentación correspondiente. Esta deberá ser autenticada por un notario y por un Consulado de Panamá o con la Apostilla.
Todos los documentos deberán ser recientes (dentro de 3 meses de la solicitud de visado) y los pasaportes deben tener al menos 1 año de plazo.
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