¿Cuántos o quiénes pueden ser dependientes en tu proceso migratorio en Panamá?

Quienes pueden ser dependientes en tu proceso migratorio en Panama
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En cuanto a los dependientes en tu proceso migratorio en Panamá, surgen muchas preguntas, principalmente: ¿Quiénes son considerados dependientes? ¿Cuántos califican como dependientes?, etc. Cada categoría de Permiso migratorio en Panamá establece quienes se consideran como dependientes y qué requerimientos deben cumplir para poder aplicar como tales. Por lo general la normativa menciona los siguientes requerimientos:

¿Quiénes se consideran dependientes?

En tu trámite migratorio podrán ser solicitados como dependientes sus padres, esposo/a e hijos (menores de 25 años). Los hijos mayores de 18 años y menos de 25 años, podrán ser solicitados como dependientes, siempre y cuando estudien de forma regular y se encuentren bajo la dependencia económica del residente permanente o nacional.  El residente o nacional que demuestre tener la guarda y crianza de una persona menor de edad podrá solicitarlo como dependiente.

¿Cuántos dependientes puedo incluir en mi proceso migratorio?

Con respecto a la cantidad de dependientes en tu proceso migratorio, pueden ser cuantos quieran aplicar, solamente que tiene que ir cónsono con la solvencia económica del solicitante.

Sobre el proceso para que pueda incluir tus dependientes en tu proceso migratorio

Una vez que se aprueba la solicitud, el Servicio Nacional de Migración en Panamá proporciona una identificación de residencia temporal válida por 6 meses, seguida de una identificación de residencia provisional válida por 2 años, con la opción de solicitar la residencia permanente posteriormente.

¿Qué sucede en el caso de que mi hijo/a sea adoptado?

En caso de que el hijo/a sea adoptado, se debe presentar la siguiente información adicional:

  1. Carta de Responsabilidad del Adoptante.
  2. Certificado de Nacimiento (válido solo por 6 meses) expedido por la Dirección Nacional del Registro Civil.
  3. Copia autenticada de la sentencia que aprueba la adopción.
  4. Copia del documento de identidad del extranjero adoptado.

IMPORTANTE SABER:

Toda documentación que el extranjero presentará a las autoridades de Panamá debe ser autenticada por un notario y por un Consulado de Panamá o con la Apostilla.

Todos los documentos deberán ser recientes (dentro de 3 meses de la solicitud de visado) y los pasaportes deben tener al menos 1 año de plazo.

En Legal Solutions Panamá contamos con un equipo experto en gestiones de extranjería/migración, te acompañaremos desde el primer momento hasta la conclusión de tu trámite, haciendo tu proceso mucho más rápido y llevadero, por lo que si estás interesado en conseguir la una residencia panameña no dudes en contactarnos. Igualmente nos puedes hacer llegar tus dudas e intereses a info@legalsolutionspanama.com

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