Diferencias entre un Fideicomiso y una Fundación de Interés Privado en Panamá

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Las diferencias entre un Fideicomiso y una Fundación de Interés Privado en Panamá son, una vez conocidas las definiciones fácil de comprender. Nos parece necesario explicar de manera breve en que consiste cada una de estas figuras jurídicas. Sobre el fideicomiso nos basamos en la definición que nos desarrolló en primera instancia la Ley 1 de 1984, modificada posteriormente por la Ley 21 de 2017, la cual dice así: “es un acto jurídico en virtud del cual una persona llamada fideicomitente transfiere bienes o derechos a una persona llamada fiduciario, quien se obliga a administrarlos o a disponer de ellos para cumplir una finalidad determinada por el fideicomitente.

Esta finalidad podrá ser en favor de un beneficiario, que puede ser el propio fideicomitente, o a favor del cumplimiento de un propósito determinado por el fideicomitente”. Este acto jurídico se materializa en un documento legal denominado Contrato de Fideicomiso. Esta figura para funcionar necesita de la intervención de una fiduciaria, dicha figura está ampliamente regulada en Panamá, por lo tanto, el fideicomiso es un acto que requiere de una serie de requerimientos que garantizan el cumplimiento de operaciones salvaguardando la debida diligencia.

Por su parte, la Fundación de Interés Privado parte de un concepto sencillo como es la dotación o donación de un patrimonio para unos objetivos o fines concretos, en un documento denominado acta fundacional. Los responsables o encargados de que se consigan esos logros, objetivos o fines de la fundación son las personas denominadas miembros del "Consejo de Fundación" o Consejo Fundacional que actúan como una junta directiva, por tanto, sus nombres deberán constar en el acta fundacional.

¿Cuáles son las principales diferencias entre un Fideicomiso y una Fundación de Interés Privado en Panamá?

  1. Control y administración de los bienes:
  • En el fideicomiso está en poder del mandatario.
  • En la Fundación de Interés privado está en poder del Consejo Fundacional.
  • Visibilidad de los derechos y obligaciones:
  • En el fideicomiso la redacción del contrato de fideicomiso debe ser muy clara y detallada en lo que respecta a los derechos y responsabilidades del fiduciario.
  • En la Fundación de Interés Privado no es obligatorio establecer estos derechos y obligaciones en los estatutos, pueden ser establecidos mediante un documento privado llamado reglamento.
  • En el fideicomiso no es necesario.
  • En la Fundación de Interés Privado es requisito.
  • Usos:
  • El Fideicomiso se utiliza principalmente para sustituir voluntades y llevar a cabo transacciones comerciales, tales como: compras de bienes inmuebles, la apertura de una administración de cuentas bancarias, inversiones en los mercados de valores y fondos mutuos, y la celebración de acuerdos internacionales.
  • Las fundaciones de interés privado tienen diversos usos, entre los cuales se destacan como instrumento testamentario en lugar de testamentos, en sustitución de capitulaciones matrimoniales, para la gestión de pensiones, como mecanismo de protección y provisión de beneficios a seres queridos, así como para asegurar la continuidad efectiva de una empresa. También se utilizan para la creación y administración de obras benéficas, como receptores de comisiones e intereses, entidades "holding" y propietarias de bienes inmuebles, muebles, inventos, obras de arte, entre otros.

En Legal Solutions Panamá contamos con un equipo experto en la estructuración de Fideicomisos y Fundaciones de Interés Privado, te acompañaremos desde el primer momento hasta la conclusión de tu Fideicomiso o Fundación de Interés Privado por lo que si estás interesado en adquirir un Fideicomiso o constituir una Fundación de Interés Privado, no dudes en contactarnos, también puedes enviarnos un email a info@legalsolutionspanama.com

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