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Empresa operativa en Panamá ¿Qué impuestos debo pagar?

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Al contar con una empresa operativa en Panamá debemos tener muy presente los impuestos o gravámenes que debemos abonar y especialmente en que fecha. Ya hemos escrito anteriormente sobre los impuestos u obligaciones tributarias que deben abonarse en Panamá ya sea como persona jurídica o personal natural, pero lo hemos abordado explicando de forma específica la declaración jurada de rentas. También hemos comentado el tema de qué impuestos son gravables y cuáles no en Panamá.

Sin embargo, consideramos importante mencionar en general cuáles son las obligaciones fiscales anuales como las mensuales que todo emprendedor debe tener presente al momento de abrir una empresa operativa en Panamá (esto no aplica para las empresas offshore). En resumen, qué impuestos debes pagar, si tienes una empresa operativa en Panamá.

  • Obligaciones impositivas anuales en Panamá.

Como hacíamos referencia si tienes una empresa operativa en Panamá, es decir que la renta se genera dentro de la República de Panamá, debes tomar en consideración lo siguiente.

  1. Declaración de Renta. Esta declaración se debe presentar por Contador Público Autorizado panameño (CPA) de forma anual. Sobre la misma hemos explicado anteriormente, puedes revisarlo haciendo clic aquí.
  2. Presentación de Estudios e Informes de Precio de Transferencia. Esto solo aplica, de acuerdo con lo que establece la legislación panameña para aquellos contribuyentes que realizan pagos entre partes relacionadas. En este caso, la presentación de una declaración o informe de precios de transferencia, así como un estudio técnico con información del contribuyente y de ser el caso el del grupo empresarial al que este pertenezca. Aplicable para inversionistas extranjeros.
  3. Inventario físico. Debe ser presentado y actualizado anualmente.
  • Obligaciones impositivas mensuales en Panamá.

Detallamos a continuación las obligaciones que deben tomarse en consideración de forma mensual:

  1. Presentar y pagar el informe de ITBMS. El ITMBS (Impuesto de transferencia de bienes muebles) es un impuesto que corresponde a lo que en otros países se conoce como IVA (Impuesto al Valor Añadido). Todas las empresas deben retener de toda su facturación el 7% y reportarlo mensualmente a la Dirección General de Ingresos (DGI) en Panamá.
  2. Pago de la cuota obrero patronal a la Caja de Seguridad Social (CSS). Este pago mensual debe realizarse si la empresa tiene un trabajador contratado bajo este régimen. Esta cuota se pago en dos montos: el 9% del total del salario del trabajador se deduce del salario y se remite a la CSS y el empleador debe pagar el 12% de ese salario a la CSS.
  3. Impuestos municipales. Estos deben abonarme mensualmente y dependiendo de la forma y organización que establece cada Municipio.
  • Otros impuestos

Existen también otros impuestos que deben tomarse en consideración dependiendo de cada empresa, pues puede que la empresa aplique o no al pago de los mismos:

** Impuestos de Inmuebles. En el caso de la empresa sea la dueña de un bien inmueble sus administradores deben tomar en consideración que de forma anual y siempre que ese bien inmueble tenga un valor catastral de $ 30.000. El monto de este impuesto depende de la proporción y del valor de este.

** Retención por Remesa. La retención por remesas de pagos a empresas no domiciliadas en Panamá hace referencia a pagos que hacen empresas panameñas a personas o empresas que tienen servicios en el extranjero y que han prestado sus servicios en Panamá y por tanto le corresponde pagar su impuesto sobre la renta correspondiente. Una empresa extranjera que presta un servicio en Panamá sin tener residencia en Panamá debe pagar el impuesto sobre la renta, por esta razón se debe abonar una Declaración de Remesas.

Estos serían a grandes rasgos los impuestos o tributos que debe abonar todo emprendedor que posea una empresa operativa en Panamá. La presentación de estos impuestos debe ser avalada por un contador público autorizado panameño.

En caso que necesites apoyo contable, tributario y fiscal no dudes en contactarnos a info@legalsolutionspanama.com

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