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Gastos anuales de las corporaciones en Panamá

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Aunque ya lo tenemos incluido en nuestra Guía para abrir tu Empresa en Panamá que compartimos con nuestros clientes, es cierto que es una pregunta constante e incluso una de las más importantes a la hora de hacer cálculos anuales de los costes operativos de la Sociedad o Corporación que tengamos constituida en Panamá.

Ya conoce las ventajas de las Sociedades o Corporaciones en Panamá, ahora te detallamos de forma clara los costes o gastos anuales que debes tomar en consideración al abrir una empresa en Panamá:

Tasa única - Corporación/Sociedad Anónima

La conocida como Tasa Única Anual (TUA), se constituye en el año 1994 y es una contribución que de debe abonar al Registro Público de Panamá como una tasa (no se considera un impuesto a ciencia cierta). El abono de esta Tasa es la mantiene la vigencia de la sociedad es decir mantiene la inscripción válida en el Registro Público. Para muchos esta tasa es conocida como un Impuesto de Licencia Corporativa. Si esta tasa no se abona el Registro Público no permitirá obtener Certificado de Constitución de la Sociedad, la cual puede ser requerida en cualquier momento por las entidades bancarias o financieras.

El pago de la TUA debe realizarse dentro del período correspondiente, es decir, tomando en consideración el mes de constitución de la Sociedad. Para hacerlo se han establecido dos períodos:

  • Primer Período: Enero a Junio
  • Segundo Período: Julio -Diciembre

Es decir, si tu sociedad se constituyó en el mes de septiembre tienes hasta el 31 de diciembre (aunque se establecen prorrogas hasta el 15 de enero) para hacer el pago correspondiente la Tasa Única. Si la TUA no se paga antes de la fecha indicada, a la Sociedad se te multará con $50,00 por el año en que la multa no fue pagada. Existe también la conocida penalización por segunda tardanza en el pago, la cual señala que si la TUA no se paga después de pasados dos períodos de la fecha límite, se te establecerá a la Sociedad una multa por segunda tardanza de $300,00 al año por cada período adicional no abonado.

El Coste es de $ 300,00 anuales.

Honorarios de Agentes Residentes

Aquí hay que recordar quienes son los agentes residentes y cuál es su función. Se habla poco de esta figura, pero es fundamental al momento de crear una empresa en Panamá. Si Usted desea constituir una Sociedad o Corporación en Panamá necesita un Agente Residente. El Agente Residente es el abogado o firma de abogados que solicitarán la constitución de la Sociedad ante el notario público. El nombre del Abogado aparece dentro de la escritura de la Sociedad como el responsable ante las autoridades panameñas, es como quien diría el enlace para comunicaciones entre los accionistas y las autoridades de la República de Panamá. La ley en Panamá le exige a toda las sociedades o Corporaciones mantener un Agente Residente con domicilio en Panamá. El Agente Residente además de lo anterior, debe recordar a los Accionistas o responsables de la Sociedad el pago de las obligaciones anuales de la entidad.

El coste anual para abonar al Agente Residente es de $300,00.

Honorario Anual de la Firma por acceso a correspondencia (Domicilio legal)

Existen casos en que las empresas no poseen trabajadores en Panamá, pero si necesitan un domicilio legal para atender la correspondencia que les llegase. Para ello, los abogados o las firmas de abogados establecen un coste anual por hacerse cargo del recibo de la correspondencia mensual que pueda recibir el cliente. Poniendo a su disposición sus oficinas como centro para recibir la información.

El coste anual es de $200,00.

Estos son los gastos fijos anuales que debe atender toda Sociedad o Corporación para mantenerse activa o vigente en Panamá. Si quieres que te apoyemos no dude en contactarnos.

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