Cuando emigras una de tus principales dificultades es conseguir tu visado o permiso de residencia. Una vez obtienes el visado o permiso de residencia y empiezas tu búsqueda de trabajo activa te encuentras con la gran pregunta: ¿Tienes permiso de trabajo vigente? La pregunta causa miedos. Pensamos que el corazón se nos sale del pecho, pero no de emoción sino del susto. Pues tranquilos todo tiene solución. Conseguir un permiso de trabajo para laborar o trabajar en Panamá es posible, aquí te contamos como.
Lo primero intenta informarte un poco sobre el Permiso, sus tipos, costes y tiempos. Nosotros te recomendamos que contrates a un abogado especialista en la materia. En el camino encontrarás de todo, pero cuidado aquí se aplica la máxima: “lo barato sale caro”. No te fíes de los que tienen un coste muy bajo pues al final terminarás pagando el doble y lo peor es que el mal rato nadie te lo paga, ese corre por tu cuenta, lastimosamente.
Nosotros te podemos acompañar y los precios que te proponemos son los precios justos y razonables. Aquí te facilitamos alguna información importante que debes conocer al momento de empezar el proceso de solicitud de Permiso de Trabajo para laborar en Panamá.
Por aquí empezamos, necesitaremos saber que tipo de visado o permiso de residencia te han concedido en Panamá. Es imprescindible conocer que tipo de visado ostenta el solicitante para así poder establecer bajo que categoría debemos o podemos solicitar el permiso de trabajo.
Existen diversas categorías bajo las cuales solicitar el Permiso de Trabajo para laborar en Panamá, aquí te mencionamos las más conocidas y tramitadas:
Este permiso se puede solicitar presentando los requisitos que te mencionamos a continuación siempre que se tenga un permiso de residencia por Países Amigos.
Bajo esta categoría el permiso de trabajo expedido se otorgará de forma provisional por tres (3) años prorrogables por el mismo término. Para la prorroga se debe adicionar el siguiente requerimiento; pagó de nueve (9) cuotas del Seguro Social o declaración de renta con su respectivo paz y salvo por la Dirección General de Ingresos.
En artículos anteriores hemos conversado sobre todas las consecuencias de la implantación del Crisol de Razas en Panamá. Incluso que pasa si te regulaste con el Crisol de Razas. Si eres de los que posee este permiso migratorio, los requisitos para aplicar al Permiso de trabajo son los siguientes:
Este permiso a diferencia del anterior se otorga por el término de dos (2) años prorrogables por el mismo término.
En el caso que desees solicitar la prórroga deberás adicionar prueba de afiliación a la Caja de Seguro Social, así como el pago de nueve cuotas consecutivas a la Caja de Seguro Social o Paz y Salvo por la Dirección General de Ingresos adjunto a la Declaración de Renta.
En el caso del permiso de trabajo dentro del 10% del personal ordinario (Decreto No.20 (28 de mayo de 2019 – Cap. 3 – Art. 6)) debemos comentar que juega un papel primordial el compromiso de la empresa, ya que habrá que presentar documentos que debe facilitar la empresa empleadora.
El término por el cual se otorga este permiso es por dos (2) años prorrogables por el mismo término.
En próxima entrega te hablaremos más sobre los otros tipos de permisos y sus requisitos. Recuerda te acompañamos para que este viaje sea seguro y sobre todo tranquilo. Contáctanos.