Permiso para empleados de SEM: el permiso que más se otorga en Panamá

visado SEM
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Contrario a lo que se pueda pensar, en Panamá el Permiso de Residencia Permanente que más se otorga es el solicitado para los empleados de Sedes de Empresas Multinacionales. Del total de permisos otorgados en lo que va del año 2019 (hasta septiembre), el 19,4% corresponde a esta categoría, seguida por el permiso de residencia bajo la categoría de Países Amigos que alcanza el 12,6%. Es decir, la diferencia entre ambos es notable.

¿Quiénes pueden solicitar el permiso SEM?

Este permiso esta reservado para aquellos trabajadores que van a formar parte de la planilla de una Empresa Multinacional que posea la categoría de Sede de Empresa Multinacional, otorgada por el Gobierno panameño. El gobierno panameño creo este tipo de legislación especial para fomentar y atraer la inversión de empresas en Panamá, así como alcanzar crear más empleos y garantizar la transferencia del conocimiento y tecnología que la creación de los mismos pueda generar.

Por tanto, a raíz de esta legislación toda empresa que se considera Sede de Empresa Multinacional, esta regida por una normativa distinta y en cuanto al tema migratorio la misma otorga tres (3) categorías de visados especialmente aplicables a los empleados extranjeros de una SEM. Las visas de estos empleados extranjeros se procesan ante el Ministerio de Comercio e Industrias de la República de Panamá, las mismas son:

  • Visa Personal Permanente de la SEM

Otorgadas al personal extranjero de nivel administrativo o ejecutivo y sus dependientes. Dichos visados se emiten por un periodo de cinco (5) años, prorrogables por cinco (5) años más. No hay necesidad de permiso de trabajo.

  • Visa Personal Temporal de la SEM

En el caso de este visado, el mismo se otorga a cualquier personal de una SEM que sea destinado a territorio panameño para llevar a cabo trabajos relacionadas a la SEM. La duración máxima de estos visados es de tres (3) meses, prorrogable tres (3) meses más. Este tipo de visa elimina también el requisito de obtener un permiso de trabajo.

  • Visa para eventos especiales (SEM)

Este tipo de visado aplica a aquel personal de la SEM que venga a Panamá para atender a un evento o actividad específico. En este caso, solo están obligados a solicitarlas aquellos nacionales de países que requieran de visa para entrar al país el resto del personal no necesita solicitar esta visa si visita solamente para un evento especifico o visitas cortas, tales como reuniones, planificación, entrenamiento técnico, etc.

Requisitos para solicitar el permiso SEM

Los requisitos para solicitar un visado permanente como trabajador de empresa SEM, son los siguientes:

  1. Poder y Solicitud otorgado por el representante legal de la Sede de empresa Multinacional, y por el personal extranjero a contratar.
  2. Tres (3) fotografías tamaño carné del solicitante (originales).
  3. Fotocopia del pasaporte del solicitante (todo el pasaporte) notariado o visado ante autoridad competente acreditada en el país, o autoridad correspondiente en el lugar de emisión.
  4. Certificado de Antecedentes Penales del solicitante del país de origen o de residencia.

Si el país de origen del extranjero no emite dicho documento, el interesado debe presentar una certificación de un agente diplomático o consultar de su país de origen acreditado en la República de Panamá que certifique la inexistencia del mismo, así como aportar declaración jurada ante notario de que no tiene Antecedentes Penales. En el caso de que el solicitante aportará el Certificado de Antecedentes Penales de su país de residencia, deberá adjuntar pruebas documentales que acrediten la residencia en dicho país. Todos estos documentos deben constar apostillados. En el caso de que el solicitante tenga más de dos (2) años de residir en Panamá y no haya salido del país por más de treinta (30) días consecutivos, podrá presentar un Certificado de Antecedentes Penales emitido por la Dirección de Investigación Judicial (DIJ) de la República de Panamá.

  1. Certificado de Salud del solicitante. Debe ser emitido por médico idóneo en la República de Panamá y debe tener menos de tres (3) meses de emisión.
  2. Declaración Jurada sobre Antecedentes Personales del solicitante la cual será suministrada por el Servicio Nacional de Migración.
  3. Carta de trabajo y responsabilidad de la empresa SEM autenticada ante notario, firmada por el representante legal o persona facultada para tal efecto. Aspectos que debe mencionar la Carta en cuestión:
  • Nombre del empleado y sus generales.
  • Puesto o cargo que se le designó. (en idioma español).
  • Tiempo por la cual fue contratado.
  • Funciones que va a realizar inherentes al cargo.
  • Fuente donde proviene su salario, sea local o extranjera.
  • Señalar el seguro a que pertenecerá el personal y dependientes, en el cual la empresa se hace responsable de la repatriación en caso de ser necesario.
  1. Certificación de póliza de seguro médico, colectivo o individual.
  2. Certificación expedida por la Secretaría Técnica de la Comisión de Licencias de Sede de Empresas Multinacionales, en la cual se acredite:
  • Que el solicitante está amparado por seguro médico individual o colectivo;
  • Que la empresa se encuentra autorizada bajo el régimen especial establecido en Panamá.

Es importante mencionar que en el caso de prorroga se aportaran los mismos requisitos expresados en los numerales anteriores, con excepción del Certificado de Antecedentes Penales.

Los siguientes requerimientos son aplicables a todos los tipos de visados SEM:

  • La solicitud, así como toda la documentación adjunta debe ser presentada en original y copia.
  • Los documentos extranjeros deben estar todos apostillados o autenticados.
  • Documentación en un idioma distinto al español debe ser traducido por un Traductor Público Autorizado.
  • Al hacer referencia a moneda extranjera deberá presentarse conversión donde se detalle su equivalente en dólares, emitida por el Banco Nacional de Panamá.
  • Los pasaportes deberán tener una vigencia mínima de tres (3) meses.

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