¿Qué se necesita para abrir una empresa constructora en Panamá?

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El negocio de la construcción en Panamá continúa siendo un gran atractivo tanto para emprendedores o empresas nacionales como extranjeras. Un país con muchas ventajas y estabilidad jurídica y política siempre ha resultado interesante para estas empresas que quieren situar su empresa para dedicarse al sector de la construcción.

¿Qué necesitaría un emprendedor o empresa para operar una empresa constructora en Panamá?

Para poder dedicarse a este negocio se tendrá que:

  • Constituir una empresa (en caso de no tenerla) para ello se necesita contar con abogados que te ayuden a gestionarlo ante el notario correspondiente y posteriormente inscribir dicha empresa en el Registro Público de Panamá. Incluso a través de nuestra web puedes hacerlo online y nosotros nos encargaremos de todo, garantizándote tu inscripción en cinco (5) días. Al inscribir la empresa en el registro no debes olvidar obtener un original o copia notariada del Certificado de Registro Público de la Empresa. Dicho Certificado del Registro Público debe tener una vigencia de, hasta treinta (30) días después de la presentación de dicha solicitud de registro. La la solicitud debe ser llenada y firmada específicamente con los datos de la persona que aparece como representante legal de la Empresa.
  • Obtener Aviso de Operaciones para tu empresa. Una vez lograda la inscripción en el Registro Público debemos obtener del Ministerio de Comercio el Aviso de Operaciones. Seguido a la consecución del Aviso de Operaciones, la empresa podrá iniciar su facturación. De forma paralela al Aviso de Operaciones, nuestro equipo estará gestionando para su empresa el RUC (Registro Único de Contribuyente) que corresponde a la identificación fiscal que la Dirección General de Ingresos (DGI) en Panamá otorga a cada empresa constituida.
  • Registro ante la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura en Panamá. La Resolución 234 de 1987 emitida por el Ministerio de Obras Públicas menciona que las empresas nacionales o extranjeras que se vayan a dedicar a realizar obras de Ingeniería y/o Arquitectura dentro de la República de Panamá deberán estar registradas ante la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura. La Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura de Panamá menciona que uno de los requisitos principales que aplicará a todas las empresas que apliquen a este Registro será el de presentar los datos generales del Arquitecto o Ingeniero Nacional panameño o con idoneidad para ejercer la profesión en Panamá, este último será el responsable técnico antes la Junta Técnica. También deberá el empresario presentar el listado de los profesionales extranjeros y sus idoneidades emitidas en sus países de origen previamente apostilladas.

¿Qué es el Certificado del Seminario de Profesional Técnico Responsable de Empresa?

El Certificado del Seminario de Profesional Técnico Responsable de Empresa (Resolución 137 de 13 de agosto de 2014, Gaceta Oficial 27626-A) es uno de los requisitos que establece la Junta Técnica para poder iniciar el trámite de solicitud de inscripción de la empresa ante la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura en Panamá. El Seminario lo dicta la SPIA (Sociedad Panameña de Ingenieros y Arquitectos).

¿Cuál es el coste del trámite de inscripción en la Junta Técnica de Ingenieros y Arquitectos?

El coste de este registro varía dependiendo si es la primera vez que se presenta o si es una modificación. Los costes vienen estipulados por la Resolución 30 de 30 de abril de 2018, publicada en Gaceta Oficial 28564:

Primera Vez B/.500.00
Renovación de Empresa B/.200.00
Reingreso por documento defectuoso B/.50.00
Modificatoria B/.50.00
Alteración de Turno (5 días máximo) B/.500.0

En conclusión, es un trámite que requiere conocimientos del sector y en Legal Solutions podemos ayudarte y asesorarte en todas las etapas del mismo. Para más información contáctanos.

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