Sobre tema de apertura de cuentas en Panamá ya hemos escrito en varias ocasiones. Este suele ser un asunto de suma relevancia para todos aquellos que constituyen una sociedad anónima o abren una empresa en Panamá. La utilidad de una empresa en Panamá, en la mayoría de las ocasiones, conlleva a poder gestionar las operaciones de la misma por medio de una cuenta bancaria en el país de constitución de la sociedad.
En este sentido hemos recibido múltiples solicitudes de parte de nacionales colombianos que desean abrir una cuenta bancaria en Panamá, preguntando asuntos más específicos, como por ejemplo: las implicaciones que la apertura de la cuenta tiene en Colombia y cómo hacerlo correctamente para no entrar en conflicto con las autoridades colombianas en cuanto a capitales mantenidos fuera del territorio colombiano.
Para ello vamos a proporcionarte en este artículo una serie de medidas que debes tomar en consideración al abrir una cuenta bancaria en Panamá siendo colombiano.
Una ventaja que hay que tomar en consideración y que recomendamos a nuestros clientes es que se abra la cuenta en un banco donde se es cliente. Es decir, si eres colombiano y tiene una cuenta abierta en Banco de Bogotá, Bancolombia, Davivienda etc., procura escoger el mismo banco para abrir tu cuenta bancaria en Panamá. Esto te garantiza mayor rapidez al momento de abrir la cuenta bancaria. Aunque son bancos independientes, por políticas internas priorizan a los clientes nacionales en el banco extranjero.
En Panamá existen otros bancos como el Banco General, el Credicorp Bank, etc., que son bancos sólidos, pero con políticas más estrictas.
Es importante hacer énfasis en este aspecto, toda vez que debido al estigma que sobrevuela todo lo que tiene que ver con abrir cuentas o empresas en Panamá y más aún después de los conocidos Panama Papers, es normal que muchas personas piensen que tener una cuenta en un banco panameño y más siendo colombiano es ilegal. Puede estar tranquilo pues no existe nada ilegal con abrir una cuenta bancaria en Panamá. La ilegalidad en todo caso no está en poseer la cuenta, sino en el uso que haga de esta o el origen de los fondos que allí se consignan.
Nuestros expertos legales en Colombia nos recomiendan que en el caso de que decidas tener una cuenta bancaria en Panamá la declare ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia (DIAN) por medio de la conocida Declaración Anual de Activos en el Exterior. Si tienes una cuenta en Panamá y el dinero que allí se recoge lo ha declarado a la DIAN no debes tener ningún problema.
La respuesta es positiva. Panamá sí ha firmado acuerdos o convenios de intercambio de información financiera con varios países entre ellos Colombia, por lo cual el banco donde abrió tu cuenta en Panamá, año tras año y, dependiendo si Panamá incluye o no a Colombia entre la lista de jurisdicciones identificadas como reportables, estará obligada a compartir información con el gobierno colombiano. Tomar en cuenta que Panamá incluyó a Colombia entre la lista de jurisdicciones reportables en el año 2020 (Decreto Ejecutivo 343 de 7 de julio de 2020) pero igualmente puede que para el año 2021 Colombia sea excluida de dicha lista y así el intercambio de información no sería automática sino a solicitud del gobierno colombiano.
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