Soy extranjero y tengo un hijo nacido en panamá ¿puedo pedir la residencia?

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Los extranjeros que son padre o madre de un hijo nacido en Panamá pueden optar por la residencia permanente. Esta es una pregunta muy común que recibimos últimamente y así como ayudamos a nuestros clientes queremos informar cómo solicitar este tipo de Permiso o visado de Residencia y sobre todo dejar claros como es el proceso y los requisitos que establece la legislación panameña.

¿Puedo solicitar la Residencia en Panamá, aunque este ilegal, si tengo un hijo panameño?

La legislación panameña otorga la posibilidad a los extranjeros de solicitar la Residencia si tienen un hijo panameño, para ello exigen los siguientes requisitos:

  1. Poder y Solicitud (notariado y con sus respectivos timbres fiscales). Es Indispensable Apoderado Judicial.
    2. Tres (3) fotografías.
    3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (notariado o autenticado correspondiente).
    4. Certificado de Antecedentes Penales (de ser mayor de edad).
    5. Certificado de Salud.
    6. Cheque Certificado por B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional.
    7. Cheque Certificado por B/.800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
    8. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
    9. Declaración jurada ante Notario del padre o de la madre del menor (donde conste que el solicitante ha cumplido con sus deberes como buen padre de familia.
    10. Certificado de nacimiento de los hijos, expedido por el Registro Civil.
    11. Carta notariada de Responsabilidad del residente o nacional.
    12. Documento que compruebe el domicilio (recibo de servicios públicos, contrato de arrendamiento o cualquier otro documento que lo compruebe).

¿Una vez reunidos estos requisitos estaré optando a la residencia permanente o temporal?

Al presentar todos estos documentos el tipo de Permiso de Residencia a obtener es el Permiso de Residencia Temporal. Dos años después de haber recibido este tipo de residencia, el interesado podrá optar a la Residencia Permanente, presentando los requisitos anteriores con excepción del Certificado de Antecedentes Penales y los cheques. Adicionalmente, el interesado, deberá aportar: Paz y Salvo Nacional de rentas del Solicitante.

Es importante, conocer que, al presentar toda la documentación ante el Servicio Nacional de Migración, se le otorga inmediatamente un carné de trámite que tiene validez de 1(un) año, mientras el Servicio Nacional de Migración en Panamá evalúa su solicitud de Permiso de Residencia. Este proceso de evaluación puede tardar entre 3- 5 meses. No obstante, el carne que se le ha proporcionado le garantiza que Usted puede vivir en el territorio nacional de forma legal mientras el Servicio Nacional de Migración resuelve su caso.

¿Una vez haya obtenido este Permiso puedo trabajar?

Sí, una vez el Servicio Nacional de Migración panameño emita la Resolución en la cual se le otorga el Permiso de Residencia como extranjero con hijo panameño, podrás solicitar un Permiso de Trabajo ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral en Panamá para poder laborar en cualquier empresa en Panamá.

Si quieres la mejor asesoría para obtener tu Permiso de Residencia por tener hijos panameños, contáctanos y te asesoramos.

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