Panamá lidera en Centroamérica el ranking de Calidad de vida y está dentro de los 3 primeros países en Latinoamérica reconocido como ideal para retirados o jubilados. Incluso dentro de Panamá hay pequeñas ciudades que destacan por ser sitios de preferencia para retirados extranjeros, pues ofrecen todos los servicios necesarios y una calidad de vida idónea para disfrutar de los años dorados.
Tu jubilación puede ser la llave de entrada a un país de contrastes como Panamá. Disfruta tu jubilación con tranquilidad, seguridad y sin estrecheces.
Si optas por el Permiso de Residencia para Jubilado o Pensionado tu renta o pensión mensual no podrá ser inferior a B/.1,000.00 o su equivalente en moneda extranjera y, debes tenerla concedida de forma vitalicia.
La certificación que demuestre la condición de jubilado o pensionado podrá ser de B/. 750.00 o su equivalente en moneda extranjera en los casos que el solicitante haya adquirido una propiedad a título personal en el territorio nacional por una suma superior a los B/.100,000.00 o su equivalente en moneda extranjera.
Otras excepciones a tomar en consideración:
El precio por la solicitud del Permiso de Residencia para Jubilado o Pensionado en Panamá se compone de los gastos: (notariales, registrales, timbres, transaccionales, transporte, certificados, constancia parentesco, registro SNM, etc. incluyendo carné de trámite, carné de residencia y visado múltiple) y los honorarios legales.
El coste total asciende a US$ 2.166,05. A continuación desglosamos el precio:
Gastos:
Total del coste de los Gastos del solicitante sin dependiente es de US$ 566,05. Desglose a continuación:
Honorarios legales:
Total del coste de los Honorarios legales del solicitante sin dependiente es de US$ 1.600,00 (mil seiscientos dólares americanos).
El coste total no incluye el abono de:
Los requisitos para solicitar la Visa de Jubilado o Pensionado en Panamá son los siguientes:
La diferencia entre pensionado y jubilado es que: en el caso de la pensión podemos mencionar que la misma consiste en una cantidad periódica, temporal o vitalicia, que la Seguridad Social de un país paga por razón de jubilación, viudedad, orfandad o incapacidad. Por tanto una persona pensionada es aquella que tiene o cobra una pensión por un acto.
Mientras que una persona jubilada es aquella que, cumplido el ciclo laboral establecido por la legislación interna de cada país, deja de trabajar por su edad y percibe una retribución denominada jubilación.
No obstante, en lo que respecta a los Permisos de Residencia los solicitantes deben cumplir los mismos requisitos independientemente que soliciten un Permiso de Jubilado o de Pensionado.
Un pensionado en Panamá es aquella persona que recibe una pensión de la Caja de Seguro Social adquirida en virtud de sus propios aportes en calidad de trabajador cotizante. Comprende a los pensionados por riesgos de trabajo, invalidez y vejez.
Se considera pensión a aquella prestación en dinero, en forma de renta temporal o vitalicia que el Seguro Social paga de forma mensual a sus asegurados o a los beneficiarios de éstos, previo cumplimiento de los requisitos legales correspondientes.
La Caja de Seguro Social en Panamá otorga las pensiones a través de tres programas:
Para retirarse en Panamá la normativa interna brinda muchas ventajas y beneficios.
La Ley 51 señala que toda persona que haya aportado 240 cuotas pagadas, comprobadas en la Caja de Seguro Social (CSS), y tenga 57 años (mujeres) y 62 años (hombres) podrá gozar de una jubilación laboral, con el 60% del promedio de sus mejores salarios anuales.
Panamá presenta múltiples ventajas a quienes optan por residir en sus tierras. Tomar en consideración que la Ley panameña establece que tanto los panameños o extranjeros residentes en el territorio nacional que tengan, cincuenta y cinco (55) años o más, si son mujeres; o sesenta (60) años o más si son varones; y todos los jubilados y pensionados de cualquier género, gozarán de los siguientes beneficios. La ley señala expresamente: