En la parte I de este artículo detallamos lo que debe hacer un extranjero para poder laborar en Panamá, si opta por las categorías de Permiso de trabajo por Países Amigos por razones humanitarias o por personal dentro del 10%. Hemos facilitado todos los requisitos que se necesitan para conseguir un permiso de trabajo ante las oficinas del Mitradel bajo las categorías mencionadas.
En esta parte II mencionaremos el resto de categorías más solicitadas dentro de los permisos de trabajo.
En las últimas estadísticas presentadas por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral en Panamá, el permiso de Casada/o con nacional panameño representa el 7,7% del total de permisos de trabajo concedidos durante el año 2019. Por tanto, es importante dar a conocer los requisitos que demanda este Permiso de trabajo.
En el caso de que se tratase de una solicitud de prórroga de Permiso de Trabajo anteriormente concedida bajo esta categoría no requerirá presentar los documentos del numeral C, D, F, G y H.
Es importante, mencionar que este permiso se otorga por el término de dos (2) años la primera vez y se renueva por el término de tres (3) años prorrogable por el mismo término.
El permiso de trabajo para Extranjeros Profesionales represento en el año 2019 un 6,4% del total de permisos de trabajo concedidos por las autoridades panameñas. Si eres profesional debes presentar los siguientes requisitos:
En el caso de solicitud de prórroga de este permiso no será necesario presentar el documento señalado en el literal D.
En cuanto al término este permiso se otorga por dos (2) años y se renueva por el término de tres (3) años prorrogables por el mismo término. Para la prorroga se debe adicionar también, documento acreditativo del pago de nueve (9) cuotas del Seguro Social o declaración de renta con su respectivo paz y salvo por la Dirección General de Ingresos.
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