Permiso de Residencia bajo la categoría de experto o técnico bajo el 15%

Visa por contrato como Experto o Técnico dentro del 15% del Personal Especializado en Panamá

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Si conoces una empresa que quiera contratarte en Panamá y dispone aún de un porcentaje para cubrir plazas con expertos o técnicos, tienes la oportunidad de desempeñar tu actividad en Panamá.

El Permiso de Residencia bajo la categoría de experto o técnico puede ser tu entrada a Panamá siempre que la empresa cuente con esa cuota disponible y percibas un salario no inferior a B/.850.00 mensuales.

Además después de dos (2) años puedes acceder a la Residencia Permanente en Panamá.

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Preguntas Frecuentes sobre el Permiso de Residencia bajo la categoría de Experto o Técnico dentro del 15%

El precio por la solicitud del Permiso de Residencia bajo la categoría de Experto o Técnico bajo el 15% se compone de los gastos: (incluidos gastos notariales, certificaciones, carné de trámite y residencia, visa múltiple, gastos movilización y transaccionales, certificado de salud, certificación del diploma) y los honorarios legales.

El coste total de la solicitud asciende a US$ 2.234,00. A continuación desglosamos el precio:

Gastos:

Total del coste de los Gastos del solicitante son US$ 534,00. Desglose a continuación:

  • Gastos en Servicio Nacional de Migración: US$ 329,00 (trescientos veintinueve dólares americanos).
  • Gastos transaccionales: US$ 60,00 (sesenta dólares americanos).
  • Gastos Mitradel: US$ 145,00 (ciento cuarenta y cinco dólares americanos).

Honorarios legales:
Total del coste de los Honorarios legales del solicitante sin dependiente es de US$ 1.700,00. Desglose a continuación:

  • Permiso de residencia: US$ 1.300,00 (mil trescientos dólares americanos) solicitante sin dependiente
  • Permiso de trabajo: US$ 400,00 (cuatrocientos dólares americanos) solicitante sin dependiente.

El coste total no incluye el abono de:

  • Cheque a pagar al Tesoro Nacional directamente por solicitante y dependiente: US$ 250,00 (doscientos cincuenta dólares americanos).
  • Cheque a pagar al Servicio Nacional de Migración por solicitante y dependiente: US$ 800,00 (ochocientos dólares americanos).

Los requisitos para solicitar el Visado bajo la categoría de Experto o Técnico bajo el 15% son los siguientes:

  1. Poder y Solicitud mediante abogado (notariado). Este poder y solicitud se debe solicitar en Panamá y debe ser otorgado por el representante legal de la empresa contratante.
  2. Tres (3) fotografías tipo carné con el rostro descubierto del profesional o técnico a quien se le solicitará el permiso en cuestión.
  3. Copia completa del pasaporte cotejada por notario público panameño. También será válida la copia que venga acompañada de la certificación de la representación diplomática acreditada en el país o de la autoridad correspondiente en el lugar de emisión.
  4. Certificado de antecedentes penales del país de origen o de residencia. Existen casos en los cuales este tipo de documento no existe en el país de origen del solicitante, en ese caso el interesado deberá aportar una certificación de un Agente Diplomático o Agente Consular de su país de origen acreditado en la República de Panamá, dicha certificación deberá ratificar la inexistencia de dicho certificado en el país de origen del solicitante.
  5. Certificado de salud expedido por un profesional idóneo, dentro de los tres meses anteriores a la presentación de la solicitud (podemos ayudarle)
  6. Cheque Certificado por un total de B/250.00 a favor del Tesoro Nacional en concepto de derechos por la solicitud de dicha categoría migratoria.
  7. Cheque Certificado por un total de B/800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración panameño en concepto de depósito de repatriación.
  8. Formulario de Declaración Jurada de antecedentes personales.
  9. Contrato de Trabajo refrendado por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral a favor del solicitante.
  10. Carta de Trabajo en papel membrete o corporativo de la empresa, firmada por el representante legal de la empresa. Dicho documento debe contener:
    1. Cargo a desempeñar por el solicitante.
    2. Salario a devengar por el interesado.
  11. Copia de Aviso de Operación de la empresa para la cual trabajará el solicitante.
  12. Copia simple del certificado de vigencia de la empresa donde laborará el solicitante emitida por el Registro Público.
  13. Permiso de trabajo.
  14. Comprobante de afiliación a la Caja de Seguro Social, con copia del carné (en la primera solicitud).
  15. Paz y salvo nacional de rentas de la empresa que empleará al solicitante.
  16. Pagar un total de B/.50.00 por el Carné de Migración.
  17. En caso de dependientes:
    1. Carta de responsabilidad.
    2. Constancia de parentesco.
    3. Prueba de domicilio.
    4. Mayor de 18 años presentar certificado de soltería y estudios certificados.

Para poder solicitar un Permiso de Trabajo hay que estar en posesión de un Permiso de Residencia vigente o una constancia de que se ha solicitado dicho permiso y está en trámite. Una vez se ha solicitado el Permiso de Residencia dependiendo del tipo o categoría de Permiso de Residencia solicitado se puede solicitar un Permiso de Trabajo cuyos requisitos varían dependiendo del tipo de Permiso de Residencia solicitado u obtenido. Cada caso demanda una serie de requisitos previos.

Los requisitos básicos o generales que aplican en la mayoría de los casos son:

  • Poder y solicitud mediante abogado.
  • Copia autenticada de la resolución emitida por el Servicio Nacional de Migración (SNM) de Panamá, mediante el cual se otorga al extranjero su Permiso de Residencia en Panamá (si la tiene).
  • Certificación emitida por el SNM de Panamá, donde conste el estatus migratorio del solicitante.
  • Copia autenticada ante Notario, del carné emitido por el SNM, en donde consta el Permiso de Residencia Permanente, a favor del solicitante.
  • Cuatro (4) fotos tamaño carné con el nombre del solicitante escrito al dorso.

El Permiso de Trabajo es un documento o resolución emitida por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral de Panamá en la que se confiere al solicitante (después de haber presentado todos los requisitos que demanda la legislación) la potestad de poder  trabajar legalmente dentro del territorio panameño.

La resolución que confiere el Ministerio de Trabajo en Panamá en cuanto al otorgamiento de un Permiso de Trabajo puede tardar aproximadamente, desde la presentación de la solicitud, entre uno (1) a tres (3) meses en ser emitida. La solicitud puede ser resuelta en dos direcciones: aprobándola o negándola.

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