Crowdlending o la fórmula para acceder a préstamos y prestar sin ser un banco ni financiera en Panamá es posible y Panamá ofrece una alternativa a todos aquellos inversionistas que desean hacer préstamos a terceros mediante un proceso transparente y garantizado. En post anterior hablamos de diferentes medios que se pueden utilizar al respecto.
Con la revolución de las Fintech se han ido creando una serie de negocios que resuelven asuntos financieros y económicos de una forma fácil, rápida y sobre todo garantizada.
Una figura que se está utilizando mucho por plataformas que desean ofrecer la posibilidad de dar préstamos sin toda la tramitación, autorizaciones y fianzas que exige la normativa nacional para abrir un banco o una financiera es el denominado crowdlending o crowdfounding de préstamos.
El crowdlending consiste en un préstamo entre particulares. Es decir, estaríamos frente a un tipo de financiación directa entre particulares y proyectos (de tipo individual o personal o empresariales). En este tipo de financiación no intervendrían las tradicionales corporaciones financieras.
Queremos dejar claro que no se trata de un tema novedoso y que actualmente existen un número plural de plataformas de crowdlending a nivel mundial que ofrecen la posibilidad de financiarse de una forma más rápida y efectiva.
Los interesados en este tipo de modelo de negocio crean una plataforma, donde existen dos interesados, por una parte una empresa o persona particular demanda o presenta sus necesidades de financiación y por otra un conjunto de personas o empresas (inversores) les prestan su dinero o ahorro a cambio del pago de un tipo de interés a plazo determinado.
El crowdlending en Panamá no se encuentra regulado, es decir no existen en Panamá requisitos regulatorios adicionales para que un inversionista participe como acreedor en proyectos de crowdfunding.
Esto nos lleva forzosamente a comentar el tema del préstamo entre pares mejor conocido como Peer to peer lending (p2p). El P2P no se encuentra regulado en Panamá. No obstante, si existe legislación que aplica a los términos y condiciones de préstamos (Código de Comercio y el Código Civil panameño).
No existen restricciones en relación con la capacidad de particulares para otorgar préstamos a otros particulares o empresas. Esto no quiere decir que no se apliquen las restricciones, la legislación contempla en relación con la tasa de interés máxima que puede un acreedor exigir.
Un aspecto importante es que la Ley panameña no impone obligaciones de debida diligencia sobre prestamistas P2P más allá de las existentes normativas generales contra el lavado de dinero.
En conclusión:
Si tienes interés en establecer un marco legal para gestionar una plataforma de crowdlending en Panamá contáctenos: info@legalsolutionspanama.com